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Gente peculiar |
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| La presunción legal de que las compañías son personas jurídicas simplifica ampliamente los litigios, pues estas pueden actuar como individuos cuando se trata de poseer una propiedad o de realizar contratos. El concepto de compañía en cuanto persona se fue haciendo más vital a medida que se desarrollaba el capitalismo. Hasta mediados del siglo XIX, las empresas (contrariamente a las asociaciones) eran reguladas por contratos corporativos que establecían reglas muy severas sobre lo que podían o no hacer. Pero, para librarlas de restricciones, los reformistas se valieron de la idea de que las compañías, al igual que las personas, debían tener el "control de sus propias almas". El resultado de esta liberación fue una explosión de energía: las compañías Occidentales le dieron combustible a la Revolución Industrial y sentaron las bases de una prosperidad masiva.
El sistema legal de EUA ha sido forzado a cargar con el significado de la personalidad corporativa más sistemáticamente que en otros países, por ser su Constitución tan específica en relación a los derechos que confiere a la gente. Y, en su mayor parte, la Corte Suprema ha sido muy generosa al extender los derechos de las personas de carne y hueso a las personas jurídicas (lo que incluye a los sindicatos y otros colectivos, así como a las corporaciones). Pero estas personas jurídicas han causado siempre preocupación, pues, por una parte, son propensas a utilizar su fuerza colectiva para pisotear a las personas individuales; y, por la otra, invocan los derechos de las personas naturales sin asumir las responsabilidades que esto acarrea.
Sin embargo, la Corte Suprema de los EUA sabe que la analogía entre persona natural y persona jurídica no puede ir más allá de cierto punto. De hecho, la Corte ha fallado, por ejemplo, en contra de algunas compañías que han tratado de financiar a ciertos políticos. No hay que ser muy radical para preocuparse por el poder de organizaciones que pueden vivir para siempre y fijar su residencia en docenas de países a la vez. No es poco razonable preguntarse por qué la idea de la personalidad corporativa solo se aplica en un sentido: si las compañías gozan de los mismos derechos que las personas de carne y hueso, sería lógico que tuvieran también las mismas obligaciones.
Sería de utilidad que la Corte Suprema (y por cierto, la ley corporativa en general) adoptara un principio claro: que las compañías sean tratadas como gente en tanto resulte oportuno. Está claro que necesitan poder entrar en contratos de la misma forma que los individuos, pero no deben ser tratados como si experimentaran emociones humanas como la vergüenza y el deseo de expresarse. Por tanto, no deberían tener los mismos derechos a la privacidad y a la libertad política que tiene un ciudadano, sino solo el derecho a la confidencialidad y la participación política mientras sea de utilidad al funcionamiento eficiente del negocio. Las compañías (o, mejor dicho, sus jefes y propietarios) deberían darle la bienvenida a dichas restricciones, pues contar con más “derechos”, implicará tarde o temprano responsabilidades más costosas.
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Este es el resumen del artículo "Gente peculiar" publicado en Marzo 26, 2011 en la revista The Economist.
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